Desde el Salón Guillermo Prieto en Palacio Nacional, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo abordó las recientes renuncias de dos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quienes señalaron su desacuerdo con la reforma al Poder Judicial que impulsa la elección popular de ministros.
Sheinbaum subrayó que, según el artículo 135 de la Constitución, “la Corte no tiene facultades para modificar la Carta Magna”, y que esta tarea corresponde únicamente al Congreso de la Unión con mayoría calificada en ambas cámaras y a los congresos locales.
Las cartas de renuncia de los ministros fueron vistas por algunos como una “moneda de cambio” para asegurar una pensión millonaria hasta que la renuncia sea efectiva en agosto de 2025. Sheinbaum señaló que, más allá de las pensiones, la Corte no puede “echar atrás una reforma constitucional”. Este debate surge en paralelo a un proyecto propuesto por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien busca invalidar ciertos puntos de la reforma judicial, con una votación programada para el próximo jueves.
¿Quién puede reformar la Constitución?
Sheinbaum recalcó que, conforme a la Constitución, solo el Congreso de la Unión y los congresos estatales tienen el poder de realizar modificaciones a la Carta Magna. “A ver si estos ministros están dispuestos a violar el artículo 135”, declaró, recordando que el Tribunal Supremo carece de facultades para intervenir en cambios constitucionales.
La presidenta enfatizó que, de acuerdo con el artículo mencionado, cualquier reforma debe contar con el voto de dos tercios del Congreso y ser ratificada por la mayoría de los congresos estatales para adquirir validez. Este tema sigue provocando un acalorado debate entre los poderes del Estado y genera expectativas para la votación en la SCJN.